Micelio
Auto31 de marzo de 2017

A- de 2017

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Secretario Local De Salud De Manizales

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Aclaración De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia excepcional del artículo 285 del Código General del Proceso
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se corrige el numeral quinto de la parte resolutiva de la sentencia T-711/16, en el sentido de indicar que la visita allí ordenada se imparte a la Secretaría de Salud de La Dorada (Caldas) y no, a la de la ciudad de Manizales, como erradamente se registró.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. CORREGIR la parte resolutiva de la sentencia T-711 de 2016, en el sentido de que el artículo
  2. quinto. quedará así:
  3. "
  4. Quinto. COMUNICAR la presente decisión a la Secretaría de Salud de La Dorada, Caldas para que en el término de un (1) mes contado a partir de la notificación de este fallo, realice una visita al Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad de La Dorada, Caldas con el fin de que verifique el cumplimiento de las medidas implementadas por la Dirección del penal para satisfacer bajo parámetros cualificados el acceso al servicio público de agua y un ambiente físico apropiado. De esa visita se deberá remitir un informe a esta Sala de Revisión, y además, en caso de que existan acciones que no se hayan adoptado, o nuevas condiciones de afectación a los derechos podrá tomar los correctivos que sean de su competencia, implementar las medidas de choque que sean necesarias para mitigar de forma inmediata el impacto sobre los derechos y emitir las recomendaciones a que haya lugar".
  5. Segundo. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional que envíe el presente auto al juzgado de origen para que notifique su contenido a las partes interesadas en el asunto de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.